Autorización de trabajo para titulares de Permanencia Transitoria

¿A quién está dirigido este permiso?

Personas realizando una presentación en un auditorio

Los titulares de Permanencia Transitoria NO pueden realizar actividades remuneradas.

Sin embargo, como caso excepcional, podrás solicitar al Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) una autorización para realizar actividades específicas y esporádicas como personal de espectáculos públicos, deportivos, conferencista, asesor o técnico experto, por los cuales recibirás remuneraciones o utilidades económicas en Chile o el extranjero.

También podrás realizar actividades remuneradas si ingresas en calidad de habitante de zona fronteriza, sólo si el convenio bilateral con el país fronterizo así lo establece. *

Esta autorización estará afecta al pago de derechos, exceptuando aquellos casos tipificados en el artículo 51 de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería.

* Leer términos en el artículo 54 de la Ley de Migración y Extranjería.

¿Dónde y cuándo se debe solicitar esta autorización de trabajo?

La solicitud de Autorización de Trabajo para titulares de Permanencia Transitoria se realiza en el Portal de Trámites Digitales del SERMIG, ingresando con ClaveÚnica o con la cuenta creada por el postulante, el apoderado o empleador para esos fines.

Importante:

Debes presentar la solicitud al menos el día hábil anterior al comienzo de las actividades remuneradas y en horario laboral (lunes a jueves de 08:00 a 17:00 horas y el día viernes de 08:00 a 16:00, hora chilena). De lo contrario, la fecha de la solicitud se considerará del día hábil siguiente.

* Se puede solicitar antes o después del ingreso a Chile.

Requisitos

  1. Documento de identidad vigente: imagen de la página de identificación con la cual hiciste o harás ingreso al país (pasaporte, Cédula de Identidad, DNI, etc.) en donde sean legibles tus datos de identificación, número, fecha de nacimiento, fecha de otorgamiento y vencimiento de éste. En caso de ingresar con DNI o Cédula debes adjuntar la imagen de ambas caras del documento.
  2. Visa de Permanencia Transitoria o autorización previa si corresponde.
  3. Tarjeta Única Migratoria (TUM) vigente, en donde sean legibles tus datos de identificación y fecha de ingreso al país o timbre de ingreso al país en el pasaporte (*)
  4. Carta notariada de empresa chilena o contrato de trabajo de empresa chilena, firmado por ambas partes, legalizado con la empresa con la que requieres la autorización para realizar actividades remuneradas, con la siguiente información:
    • Individualización de ambas partes.
    • Especificación de funciones y lugar de desempeño.
    • Fechas específicas para las cuales solicitas el Permiso de Trabajo (desde- hasta).
    • Incluir una cláusula señalando lo siguiente:
      “La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido la autorización especial para realizar actividades remuneradas en Chile”.
    • Pago de los derechos cuando corresponda.

(*) En el caso de que el postulante esté solicitando el permiso dentro de Chile.

  1. Documento de identidad vigente: imagen de la página de identificación con la cual hiciste ingreso al país (pasaporte, Cédula de Identidad, DNI, etc.) en donde sean legibles tus datos de identificación, número, fecha de nacimiento, fecha de otorgamiento y vencimiento de éste. En caso de ingresar con DNI o Cédula debes adjuntar una imagen de ambas caras del documento.
  2. Visa de Permanencia Transitoria o autorización previa si correspondiera, y timbre de ingreso al país.
  3. Tarjeta Única Migratoria (TUM) vigente, en donde sean legibles tus datos de identificación y fecha de ingreso al país o timbre de ingreso al país en el pasaporte (*).
  4. Copia de Permiso de Trabajo vigente.
  5. Documento firmado ante notario en el que se indique la vigencia y continuidad de tu labor, según lo estipulado en el Permiso de Trabajo vigente:
    • Individualizar ambas partes.
    • Especificar funciones y lugar de desempeño.
    • Fechas específicas para las cuales solicitas el Permiso de Trabajo (desde- hasta).
    • Pago de los derechos cuando corresponda.

Información general

Sí, puedes prorrogar tu Autorización de trabajo, siempre y cuando se encuentre vigente tu permiso de Permanencia Transitoria. La prórroga no podrá exceder dicha vigencia.

La autorización para realizar actividades remuneradas estará afecta al pago de derechos, lo que podrás materializar ya sea antes o después de tu ingreso a Chile. El pago se te solicitará a través del Portal de Trámites Digitales del SERMIG, cuando solicites la autorización.

Si desarrollas actividades remuneradas sin la autorización o habilitación del SERMIG, serás sancionado con una multa media de cinco unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de la causal de expulsión referida a la reincidencia en esta conducta, establecida en el artículo 127 Nº 5 de la ley Nº 21.325.

¿Cómo se solicita esta autorización de trabajo?

Revisa las instrucciones en la siguiente guía:

© Ilustraciones adaptadas de Freepik.

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