Personas que ingresan con fines turísticos, recreativos, de negocios, u otros similares

SUBCATEGORÍA 1

¿A quién está dirigido este permiso?

Turistas en una ciudad

Esta subcategoría de Permanencia Transitoria está dirigida a las personas extranjeras que ingresan a Chile con fines recreativos, deportivos, de salud, de estudios, de gestión de negocios, familiares u otros similares, como los integrantes y personal de espectáculos públicos, deportistas, conferencistas, asesores y técnicos expertos, entre otros.

¿Cuánto tiempo puedo permanecer en el país si ingreso como titular de esta subcategoría?

La vigencia de esta subcategoría migratoria será de hasta 90 días, plazo que podrá limitarse en los casos y formas previstos en el artículo 48 de la ley N° 21.325.

¿Todos los países necesitan autorización previa o visa para ingresar a Chile?

No, no todos los países necesitan de autorización previa o visa. Según lo establecido en el artículo 27 de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, no se requerirá autorización previa o visa para el ingreso y estadía en Chile a quien lo haga en calidad de titular de un permiso de Permanencia Transitoria. Sin perjuicio de lo anterior, por motivos calificados de interés nacional o por motivos de reciprocidad internacional, se podrá exigir respecto de los nacionales de determinados países una autorización previa o visa otorgada por un consulado chileno en el exterior.

Para conocer el listado de países cuyos ciudadanos están sometidos a esta exigencia, se sugiere visitar el sitio web de Servicios Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores.

* Los países que requieren de una autorización previa o visa para ingresar a Chile están marcados con un «SI» en la columna REQ. VISTUR.

Si necesito autorización previa para ingresar a Chile como titular de Permanencia Transitoria, ¿dónde puedo realizar esa solicitud?

Las personas extranjeras de nacionalidades que requieran autorización previa o visa para ingresar al país, deben gestionarlo ante el Ministerio de Relaciones Exteriores a través de las representaciones consulares de Chile en el exterior (Art. 169 de la Ley N° 21.325/2021).

Para obtener más información sobre el procedimiento a seguir en cada caso, visita la página de Atención Ciudadana del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Al Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) le corresponde gestionar las solicitudes de prórroga de Permanencia Transitoria y las autorizaciones de trabajo para esta categoría migratoria.

¡Recuerda!

Sin perjuicio de las exigencias establecidas para cada subcategoría, si ingresas a Chile en calidad de titular de Permanencia Transitoria, tendrás que acreditar los medios lícitos de subsistencia que permitan tu permanencia en el país.

© Ilustraciones adaptadas de Freepik.

Comparte:
Comparte:

¡Inscríbete y reserva tu hora de atención presencial!

Para reservar tu hora, ingresa usando tu cuenta del Portal de Trámites del SERMIG. Si no tienes una, entonces primero debes crearla.

La reserva de hora está disponible en todas las oficinas regionales de Chile. ¡Recuerda que sólo puedes hacer una reserva de hora a la vez!

¿Qué información buscas?

ATENCIÓN

  • Si necesitas tu Resolución Exenta, documento oficial que acredita tu residencia temporal o definitiva, revisa cómo encontrarla y descárgala en nuestro portal. Te guiamos paso a paso.
  • Si necesitas otro tipo de información, ingresa tu solicitud en el formulario: