Residencia por violencia intrafamiliar o de género

RAZONES HUMANITARIAS

Permiso para víctimas de violencia intrafamiliar o de género

Mujer víctima de violencia de género

Este permiso se otorgará a aquellas mujeres extranjeras que han sido víctima de violencia intrafamiliar o de género, cuando así lo haya calificado un Tribunal de Familia.

Aquellos casos en que la conducta constituya delito, la calificación también podrá realizarla el Ministerio Público o el Tribunal que tenga a su cargo la causa.

Importante

La solicitud de residencia debe ser realizada por el Ministerio Público o Tribunal de Familia, según corresponda.

La solicitud debe ser ingresada en el Portal de Trámites Digitales por el Ministerio Público o Tribunal de Familia, según corresponda.

Sí, si eres residente temporal como dependiente en cualquier subcategoría e iniciaste un procedimiento judicial por ser víctima de delitos de violencia intrafamiliar que terminó con una sentencia condenatoria, se te podrá otorgar una Residencia Temporal en calidad de titular.

El permiso será otorgado mediante resolución, sin trámite adicional, una vez que el tribunal respectivo remita al Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) una copia autorizada de la sentencia firme y ejecutoriada.

En aquellos casos en que se han iniciado acciones legales por delitos de violencia intrafamiliar pero aún no existe sentencia, podrás acceder a una Residencia Temporal en calidad de titular. Para ello, debes presentar un certificado de la causa emitido por el Ministerio Público que acredite tu calidad de víctima.

Este permiso se mantendrá vigente hasta que finalice el proceso judicial y podrás prorrogarlo en caso de ser necesario.

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ATENCIÓN

  • Si necesitas tu Resolución Exenta, documento oficial que acredita tu residencia temporal o definitiva, revisa cómo encontrarla y descárgala en nuestro portal. Te guiamos paso a paso.
  • Si necesitas otro tipo de información, ingresa tu solicitud en el formulario: